miércoles, 16 de abril de 2014

Corrupción de alto vuelo


De manera frecuente escuchamos sobre las acciones de supervisión y control que realiza la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) respecto al proceder de los magistrados.
Sin embargo, esas medidas no parecen dar siempre resultados pues es habitual que sorprendan in fraganti tanto a personal auxiliar de justicia como a los propios jueces cobrando alguna suma de dinero para favorecer determinada pretensión de algún litigante.
Y eso que no ahondamos en la demora y lentitud injustificada de determinados juzgados y salas superiores para resolver algún determinado conflicto.
Poco habituales pero que se manifiestan de vez en cuando, y son complicados de comprobar pues se efectuarían entre cuatro paredes, son aquellos que involucran a la plana del más alto nivel del Poder Judicial: ocurren en las salas de la Corte Suprema de Justicia.
A pesar del hermetismo que ronda por la Corte Suprema, es posible demostrar el nivel de corrupción que existe cuando valerosos abogados ponen al descubierto los verdaderos rostros de la gran mayoría de los vocales titulares y provisionales de nuestra sacro santa Corte Suprema del país.
Uno de esos letrados es el Dr. Mauricio Ballesteros Condori, gerente general del estudio Ballesteros & Abogados S.A. C., quien sin pelos en la lengua pone el dedo en la llaga sobre el comportamiento de muchos vocales supremos. A continuación, la charla con el abogado Ballesteros.
Dr. Ballesteros, explíquenos de qué trata su denuncia. El asunto que he asumido es uno que he denominado como el caso de corrupción judicial más grave de la historia del país. Esto es por la participación y complicidad no solo de los vocales supremos comprometidos.
Sino porque los órganos de control, incluida la Defensoría del Pueblo, se han hecho a un lado para proteger este hecho totalmente comprobado.
El caso es muy simple. El 2 de marzo de 2001, hace 13 años aproximadamente, Ismael Segura Tello, Dora Ráez Mideyros, Rosario Berdejo Quintanilla, Mercedes Alejandrina Chumpitaz Quintanilla, Mercedes Albarracín Salazar, Paula Mirta Suarez Sánchez, Virginia Díaz Flores.
Victoria Alvarado Desposorio, Leonor Aurora Acuña de Navea, Zoila Luz Mejía Jiménez y Víctor Alberto Tarazona Suarez, en su condición de pensionistas cesantes del Decreto Ley Nº 20530, solicitaron al Seguro Social (ESSALUD).
El pago de los aumentos de gobierno dispuestos por los Decretos Supremos N° 103-88-EF, 220-88-EF, 005-89-EF, 007-89-EF, 008-89- EF, 021-89-EF, 044-89-EF, 062- 89-EF, 028-89-PCM, 132-89-EF, 131-89-EF, 296-89-EF, 008-90-EF, 041-90-EF, 069-90-EF, 179-90-EF, 051-91-EF, 276-91-EF y el Decreto Ley N° 25697 más sus devengados e intereses legales respectivos.
Sin embargo, ante el silencio administrativo de la entidad pública, pese a ser adultos mayores, ellos se vieron en la necesidad de judicializar su pretensión ante la Primera Sala Laboral de Lima –conforme a la legislación procesal de la época-.
En esa sala, luego de contar con el dictamen del fiscal superior que opinó que se ampare el petitorio, declaró fundada la demanda, la misma que fue impugnada mediante recurso de apelación por ESSALUD, y subió a la Sala Transitoria de Derecho Constitucional y Social con el N° 00550-2010-LIMA.
Siendo elevado a la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo y esta, en representación del Ministerio Publico, opinó para que confirme la sentencia a favor, regresando los actuados a la Sala Suprema.
Cuya fecha de vista de la causa para el informe oral de los abogados fue el 19 de abril de 2011, la misma que se diligenció con nuestra participación sin la asistencia de los abogados de ESSALUD.
¿Qué sucedió después?
Cabe señalar que hasta esta parte el proceso se mantenía dentro de la normalidad procesal respectiva. No obstante, cinco meses después, el lunes 19 de setiembre del mismo año, solicité personalmente en representación de mis patrocinados pensionistas una entrevista formal con el presidente de la sala, el Dr. Jacinto Julio Rodríguez Mendoza.
Al cual se le pidió que por el tiempo transcurrido nos mostrara, como es costumbre y usual de dicho magistrado y también propio de un acto transparente, el resultado de la votación de la vista de la causa del 19 de abril de 2011, el mismo que se encontraba registrado en su cuaderno de vistas personal.
El Dr. Rodríguez accedió a nuestra petición y pudimos comprobar que constaba de manera específica el resultado y este era conformado, que al venir fundada de la instancia anterior, implicaba en los hechos que habíamos ganado el caso.
Siendo que además se le preguntó por una causa idéntica que se había visto un día después, el 20 de abril, en el cuaderno no tenía ninguna anotación, por lo que de manera telefónica consultaron a la relatoría, en donde informaron que el resultado era conformado parcialmente.
Retirándonos satisfechos por la información brindada. El asunto es que nos cansamos de esperar la redacción y notificación de la sentencia, y ante tanta demora el 9 de noviembre, es decir, después de casi 6 meses de espera, nos vimos obligados a interponer una queja verbal a la relatora Claudia Carbajal Mantilla.
La abogada de la ODECMA, Dra. Femia Mayurí, llamó por teléfono a la sala y preguntó sobre el proceso y la relatora le señaló que recién había bajado del ponente, que venía con un replanteamiento y que a partir de las 13.30 p.m. de ese día empezaba la toma de las firmas de cada uno de los vocales.
Posteriormente, el día 11 acudimos para preguntar por otros expedientes a la mesa de partes de la misma sala suprema, y preguntamos además por la apelación del proceso que nos ocupa, dándonos con la sorpresa.
De que el reporte arrojaba que con fecha 10 de noviembre, es decir un día después de la queja verbal, la resolución había sido firmada por todos los vocales ese día jueves, con un resultado completamente diferente donde se declaraba infundada la demanda.
Es decir, habíamos perdido el juicio.
¿Qué hicieron entonces?
En ese mismo momento, alrededor de las 3 de la tarde aproximadamente, acudimos al presidente de la Sala para saber qué había ocurrido.
Fuimos atendidos por su asistente Ken Laos Moscoso, quien nos manifestó su extrañeza por el cambio de resultado y nos dijo que iba a preguntarle a la relatora.
A los 10 minutos regresó y nos indicó de que a raíz de la queja verbal la ponente, que era la Dra. Elizabeth Roxana Mac Rae Thays, le había pedido el proyecto de la resolución y que en una de las salitas de la corte había logrado sacar la firma a los demás vocales.
Por lo que el resultado del reporte se había colgado en menos de 24 horas. Ante ello, le indicamos que el presidente de la sala había estado de licencia desde el 7 al 9 de noviembre.
Ya la situación resultaba inconcebible, pues el presidente regresó el 10, fecha en la que habría firmado la resolución y era clarísimo que no habría podido revisar en lo absoluto nada del expediente.
El asistente hizo mutis, en señal de que ya nada se podía hacer. O sea, estamos ante un escandaloso caso donde se cambió una votación…
Eso es exactamente lo que ha pasado. Se cambió la voluntad de los magistrados que estuvieron y escucharon el informe oral: de haber decidido declarar fundada la demanda, la cambiaron a infundada de manera unilateral por la vocal ponente.
Lo más grave, y por alguna razón que aún desconocemos, es que sin tener el expediente a la mano, que era voluminoso porque allí está registrado los más de 10 años de juicio, logró que le firmaran la resolución en el aire, lo cual de plano iba en contrario de lo que disponen los artículos 133 y 142 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobada por el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS.
¿Qué hizo usted para denunciar esos hechos?
Primero interpuse una queja ante la OCMA donde pedía la destitución de la relatora Claudia Carbajal Mantilla y ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) pusimos una denuncia contra la vocal Elizabeth Roxana Mac Rae Thays, pidiendo igualmente la sanción de destitución.
En el caso de la relatora ella era la funcionaria encargada de la toma de firmas de la resolución y sin embargo había declinado de esa labor en favor de la ponente Mac Rae Thays.
También debía verificar que se respetara el voto original de fundada la demanda y sin embargo permitió su cambio, lo que está completamente prohibido.
Cuando se nos notificó de manera oficial la citada sentencia, inmediatamente solicitamos su nulidad por infracción de los artículos 133 y 142 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el mismo que fue rechazado por los vocales supremos señalando que la resolución estaba bien redactada y que no habíamos probado que se había cambiado el resultado de la votación.
¿Cómo ha terminado cada denuncia?
Respecto de la queja contra la relatora, esta no efectuó su descargo por escrito, tampoco acudió a la cita personal para dicho descargo.
No obstante, tomando únicamente como válida la declaración del asistente Ken Laos Moscoso, quien se negó haberme enseñado el cuaderno de vistas de causa personal del presidente Jacinto rodríguez Mendoza, por lo que declararon la improcedencia de la Queja, la misma que fue apelada ante OCMA.
Y subió a conocimiento de la doctora Ana María Aranda Rodríguez para resolver, la que ha confirmado el archivo a pesar de las pruebas concretas y contundentes demostradas.
En relación a la denuncia contra la Vocal Elizabeth Roxana Mac Rae Thays, a pesar de que la Comisión de Procesos Disciplinarios a cargo inicialmente del Doctor Vladimir Paz de la Barra aceptó a pedido nuestro de que se les remitiera los actuados y documentación que permitiera saber cuál había sido la votación original, la sala nunca respondió.
También se pidió los cuadernos personales de los vocales supremos Jacinto Rodríguez Mendoza, Javier Arévalo Vela, Juan Chaves Zapater, Elizabeth Roxana Mac Rae Tthays y Eliana Elder Araujo Sánchez, y tampoco fue entregado.
Ya con el vocal Máximo Herrera Bonilla, como presidente de dicha comisión, se dispuso el archivamiento de la denuncia, del que se solicitó su reconsideración, pero esta tampoco fue aceptado por lo que se dispuso el archivo respectivo.
¿Por qué señala que esos resultados son irregulares?
Porque a raíz de la declaración de Ken Laos Moscoso, quien nos había mostrado el cuaderno de vistas personal del presidente de la sala, y de que el nuevo relator del 2012 había informado al CNM de que la ex relatora del 2011.
No le había efectuado inventario de sus actuados dentro de los cuales estaban los antecedentes de la votación original de la apelación, por lo que interpusimos una denuncia ante la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima por haber sustraído las pruebas, entre otros actos irregulares, investigación.
En donde la relatora ha declarado que en efecto sí hubo cambio del resultado original y que la ponente Mac Rae Thays le solicitó la resolución y que esta en la sala de audiencias le sacó la firma a los demás vocales en menos de 24 horas, con lo que se prueba que estamos en lo cierto.
Pese a que estas declaraciones fueron presentadas tanto en la OCMA como en el CNM, antes de emitir sus resoluciones finales ni siquiera lo han tomado en cuenta ni evaluado al momento de resolver.
Es decir, lo han obviado de manera intencional, lo que implica que han hecho espíritu de cuerpo con los vocales denunciados y han salvado a la relatora de una posible sanción.
Esta denuncia penal también ha sido desestimada y hemos interpuesto una queja de derecho ante Cuarta Fiscalía Superior a fin de que lo revoque y disponga la apertura de la denuncia contra los vocales y relatores de nunciados.
Finalmente, resulta inadmisible que habiendo una confesión de parte ni el CNM ni la OCMA actúen y castiguen a los malos vocales que merecen de acuerdo a los hechos la destitución de sus cargos.
Foto: Difusión.

El choclito y su banda


El jefe del evento, Julio Arbizu, el ‘Choclito’ de esta historia, estuvo rodeado de Enrique Zileri, Augusto Álvarez Rodrich, Américo Zambrano, Augusto Thorndike, Marco Vásquez, César Romero, Carlos Castro y un agazapado Ricardo Uceda, quienes dieron rienda suelta a sus quejas en contra de personas que, según ellos, los denuncian cada vez que realizan indagaciones en su contra.
Lo que no mencionaron los quejosos es que la denuncia por difamación es la única arma con la que cuenta un ciudadano que es calumniado y vejado por un medio periodístico.
Hay un grupo de “periodistas” que se creen intocables, que están convencidos de que ellos pueden insultar a quien le venga en gana y nadie puede reprocharles absolutamente nada.
Esos “comunicadores” se han acostumbrado a decir, muchas veces sin sustento alguno, lo que se les ocurra de una persona que muchas veces se siente abrumada, desprotegida o desamparada ante el poder de cierta prensa.
Al desconocer sus derechos o sabiéndolos no se atreve a desafiar a quienes tiene el instrumento poderoso en sus manos (entiéndase esto como una revista, un diario o un canal de televisión).
Por eso, y para que no cunda el “mal ejemplo” de defenderse frente al abuso de un periodista, han “contratado” los servicios de un ex funcionario público al que le gusta la figuración, a quien no le importa averiguar los antecedentes de sus nuevos “defendidos”.
Guayabera sucia. Enrique Zileri Gibson, a quien alguna vez el periodista César Hildebrandt calificara como el “Pedro Navaja del periodismo peruano”, ha lloriqueado desde que pusimos en evidencia que se trataba de un gran deudor del Estado.
Sus empresas, por más que las camufle, le deben a la SUNAT más de 20 millones de soles. Ese es, y no otro, el origen de su campaña en contra nuestra.
¿Acaso ‘Choclito’ alguna vez ha denunciado esa escandalosa defraudación al Estado? ¿Acaso el exprocurador le ha dicho a ‘Guayabera Sucia’ que le pague al fisco antes de hacerse la víctima? Por supuesto que no.
Antes bien, Arbizu sale a defender a un especialista del “perromuerto” en contra de una persona que no le debe un centavo al Estado, a las AFP, la ONP, a ESSALUD ni a sus trabajadores como sí es el caso de los Zileri.
¿O es que ‘Choclito’ ignora que uno de sus nuevos patrocinados ha despedido trabajadores a los que no les ha pagado sus beneficios sociales y que luego de años de pelear en los tribunales encuentran que la empresa que los contrató está en liquidación?
¿Los trabajadores que han recurrido al Poder Judicial reclamando por sus derechos laborales también acosan a ‘Guayabera Sucia’?
Asimismo, ¿se ha preocupado “Choclito” por averiguar si el inmueble que le han rematado a su cliente no cubre ni siquiera el 2% de lo que este le debe a la SUNAT? ¿Se sentirá satisfecho alguien que ha sido procurador anticorrupción del Estado de saber que el dinero con que le remunerarán sus servicios proviene de lo que dejan de abonar por concepto de impuestos que todos los peruanos estamos obligados a pagar?
El ex procurador debería darse una vuelta por las fiscalías y juzgados del Callao, y comprobaría como su cliente, dueño de una revista venida a menos, estafó al Gobierno Regional del Callao al venderle en 8 nuevos soles 30 mil CD’s que les habían costado a ellos un sol cincuenta.
Como si eso no fuera suficiente, ni siquiera entregaron el producto y lo vendieron por su cuenta sin devolver los millones recibidos del gobierno regional.
El mapache. Otro patrocinado de “Choclito” es ni más ni menos que “El Mapache”, mamífero carnívoro que disfrazado de periodista acostumbra a morder a los acusados por tráfico ilícito dedrogas. Paola Ugaz, una estupenda y valiente periodista, puso al descubierto a su colega que a través de una empleada de Aerocontinente extorsionaba al ahora condenado por narcotráficoFernando Zevallos (a) “El Lunarejo”.
Dentro de los acompañantes del ex procurador Arbizu encontramos a Américo Zambrano, editor de Caretas quien fuera denunciado por la señora Blanca Burmester de pedirle plata para que no sacara los trapitos al aire de su organización que ya había sido denunciada por otros periodistas e incluso por autoridades norteamericanas de estar vinculada al narcotráfico.
¿Ese “periodista” puede sentir que lo amenaza una querella por difamación cuando ha jugado en las grandes ligas?
¿Y quién sería ‘Ojitos lindos’? Bueno, ese podría ser un calificativo que vendría bien a varios de los presentes en el cónclave del local sanisidrino todos ellos linajudos personajes reúnen entre sus pergaminos ser, por ejemplo.
Hijos políticos de primeros ministros del fujimorismo acusados de corrupción, ex funcionarios engreídos de procesos de privatización también de ese régimen, hijitos de escribidores por encargo o personajes que circulan por los alcantarillados del Poder Judicial medrando con favores de jueces a los que promocionan en sus páginas.
La “amenaza judicial”. La querella por difamación es la única arma que tiene el débil frente al poderoso. Si algún periodista con el pretexto de una investigación, sin siquiera preguntarte, te califica de mafioso o de malogrado, puedes recurrir ante un juez acusándolo.
Eso sí, el juez, antes de emitir sentencia, le permitirá al denunciado rectificarse o probar sus afirmaciones, de donde se desprende que no es un procedimiento que se pueda calificar como persecutorio.
Muchas veces, y eso “Choclito” podría haberlo consultado, los querellados, es decir sus ahora clientes, ni siquiera se han presentado a las citaciones de los jueces, y estos, amenazados por un periodicazo o un revistazo, no se atreven a disponer, como manda la ley, que los lleven de grado o fuerza.
Muchas veces esos procesos demoran años y a la larga prescriben los delitos de difamación y calumnia, sin que la persona agraviada pueda ser reivindicada ante la inoperancia de magistrados temerosos.
Acostumbrados a siempre salir airosos de esos procesos, ahora que alguien se les enfrenta con valentía y perseverancia lloran como las plañideras.
Foto: Juez justo.

martes, 15 de abril de 2014

Entrevista al doctor Rodolfo Orellana


Hace mucho tiempo ha sido víctima de lo que parecería una campaña en su contra ¿Cómo lo toma?
Como abogado, empresario, y sobre todo cabeza de una familia, he sentido los duros golpes de quienes sin mayor razón se compran pleitos ajenos y deciden involucrarse en temas que desconocen, limitándose a repetir lo que un congresista, cegado por una antipatía personal, vociferó alguna vez.
Si un periodista lo busca por alguna denuncia, ¿lo recibiría?
No niego ni rehúyo investigación alguna. Por el contrario, estoy abierto a recibir a todo periodista para explicar y desbaratar, con documentos y pruebas, cualquier tipo de acusación.
No se puede, en un país de derecho, regido por leyes, acusar de delitos o denunciar públicamente a una persona de encabezar una mafia, cuando la justicia no ha encontrado algún tipo de participación o responsabilidad en ningún hecho cuestionable.
Todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario, y en mi caso, no hay sentencia alguna que confirme lo propalado muchas veces en los medios de comunicación.
Algo que parecería ser una campaña que obedece a algún tipo de oscuro interés.
Pero el abogado Julio Arbizu asegura que nunca ha visto alguna agresión en su contra.
Todos son hechos que el abogado Arbizu se niega a ver y aceptar como si lo difundidoen esos medios masivos tuviese un extraño dialecto o lengua no comprendida por el ex procurador.
¿Su familia se ha visto afectada por toda esta persecución?
Todos merecemos respeto, y nuestros hijos no tienen por qué sufrir a causa de falacias infundadas que se publican sobre sus padres.
¿Ha decidido dejar atrás lo pasado?
Lo único que pretendo con estas líneas es hacer una llamado de atención a quienes están equivocados, quizás sin saberlo. Invitarlos a que realicen un trabajo serio, confirmando la información recibida, contrastándola con el propio involucrado en la supuesta denuncia.
¿Está dispuesto a desistir de las denuncias presentadas contra los periodistas que lo difamaron?
A pesar de haber sido blanco de infamias, insultos y adjetivos de todo calibre, deseo hacer saber que me comprometo a retirar las denuncias y querellas existentes, solo a cambio de una pequeña rectificación que muestre la voluntad de reconocer los errores cometidos.
Bastará una carta dirigida al semanario Juez Justo para olvidar las ofensas y voltear la página. Creo que la objetividad es algo que no debería quedarse en las aulas universitarias.

¡Cuidado patinada!

Al Movadef hay que combatirlo con imaginación e inteligencia, pero dentro del marco de la ley antiterrorista. Hacer lo contrario desencadenaría un efecto boomerang, ya que los colocaría en el primer plano de la noticia y al final saldrán victoriosos desde el punto de vista político e ideológico, aduciendo que son víctimas de un Estado represor.
Con el nombre de Perseo 2014, la Dirección Contra el Terrorismo (Dircote) ejecutó un plan a nivel nacional que culminó con el arresto de 28 personas integrantes y vinculadas al Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), organismo de fachada de la facción de Sendero Luminoso (SL).
Conocida como “Solución política de los problemas derivados de la guerra” que dirige desde la prisión Abimael Guzmán y Elena Iparraguirre.
El ministro del Interior, Walter Albán, en tono triunfante ha salido a los medios anunciando estas capturas y asegurando que en los próximos días habrán más arrestos.
Los cargos que se le imputan a los detenidos -entre los que figuran Manuel Fajardo, Alfredo Crespo, Fernando Olórtegui, Oswaldo Esquivel y Carlos Gamero- es la pertenencia a una organización terrorista y financiamiento del narcotráfico.
El primero de los cargos está aparentemente probado a través de la incautación de documentos partidarios en los que se suscriben al llamado ‘pensamiento Gonzalo’ y la lucha política por la amnistía general.
Albán sostuvo que la investigación se valió de escuchas telefónicas, versiones de testigos y colaboradores eficaces, así como el registro de las celdas de los camaradas ‘Gonzalo’, ‘Artemio’, ‘Nancy’, ‘Miriam’, ‘Julián’ y ‘Remigio’.
El titular del Interior consideró que Perseo 2014 es un duro golpe al terrorismo y que Movadef es una instancia generada por Sendero Luminoso para hacer una labor en la sociedad civil.
Este hecho se puede analizar desde distintos ángulos para concluir si realmente ha sido una operación exitosa y si los arrestados terminarán sentenciados por una buena cantidad de años o, de lo contrario, en poco tiempo saldrán libres, fortalecidos y logrando una victoria desde el punto de vista político e ideológico.
Los que pulseamos cada cierto tiempo a SL como las venas de un brazo sabemos que Movadef desde el año de su creación solo se dedica a realizar actividades políticas, ideológicas y de apología.
Siguiendo a pie juntillas la estrategia elaborada por Abimael Guzmán en el 2000, conocida como los “Cinco puntos de la campaña solución política”.
Según las consignas establecidas en esos cinco puntos, el Movadef no lleva a cabo actos terroristas. Por eso, de acuerdo a nuestra legislación antiterrorista vigente, sería un error salirnos del marco conceptual de lo que significa ser un terrorista en el país y lo que significa un acto terrorista.
Porque nuevamente, a quienes pretendemos combatir, se irán a los tribunales internacionales de derechos humanos y pondrán alEstado peruano entre la espada y la pared.
La historia es buena maestra pero nosotros somos malos alumnos. No basta tildar a todo ciudadano como terrorista o decir que tal acto es un acto terrorista.
Debemos probar que los arrestados son terroristas y han cometido actos terroristas.
Hemos tenido en el pasado metidas de pata cuando se trató de “fabricar victorias” o tildar de terroristas a personas cuyas conductas no encuadran dentro de los elementos objetivos y subjetivos del Decreto Ley N° 25475 del 6 de mayo de 1992, que reprime el delito de terrorismo.
Lo que se observa es que el término “terrorista” se utiliza con ligereza y ambigüedad. La misma policía y algunos políticos tienen una idea vaga e imprecisa de lo que significa terrorismo, terrorista y grupo terrorista. Si eso pasa con ellos, con mayor razón ocurre con el común de los ciudadanos a pie.
Esta imprecisión es promovida en parte por algunos medios de comunicación cuyos esfuerzos por comunicar el mensaje en la cantidad más breve de tiempo ha llevado al etiquetado promiscuo de un rango de actos violentos como “terrorismo”.
El Tribunal Constitucional (TC) ha precisado los alcances del término terrorismo, debido a que cualquier conducta no puede ser tildada de terrorismo ya que eso sería vulnerar el principio de legalidad penal consagrado en el literal “d” del inciso 24) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Según el cual “nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible”.
Actualmente, el tipo penal de terrorismo está comprendido en el artículo 2 del Decreto Ley N.º 25475 que define el terrorismo como “el acto de provocar, crear o mantener un estado de zozobra, alarma o temor en la población o en un sector de ella.

Realizar actos contra la vida, el cuerpo, la salud, la libertad y seguridad personales o contra el patrimonio, contra la seguridad de los edificios públicos, vías o medios de comunicación o de transporte de cualquier índole, torres de energía o transmisión.
Instalaciones motrices o cualquier otro bien o servicio, empleando armamentos, materias o artefactos explosivos o cualquier otro medio capaz de causar estragos o grave perturbación de la tranquilidad pública o afectar las relaciones internacionales o la seguridad de la sociedad y del Estado”.
En ese sentido, el TC juzga que una interpretación que extienda la prohibición al uso de cualquier medio, sin consideración a su equivalencia racional con “armamentos, materias o artefactos explosivos” y su potencial referido solo a los casos de grave dañosidad” vulneraría el principio de lex stricta.
Ojo con las figuras que pretendieron crearse en el Congreso como el delito de conspiración subversiva y captación o reclutamiento para fines de entrenamiento o capacitación.
Después de revisar el ideario y las actuaciones de Movadef y lo que significa terrorismo y cuáles son los elementos indispensables para configurar una conducta como terrorista dentro de un Estado de Derecho.
Tengo la impresión de que el plan Perseo 2014 puede ser una metida de pata como la operación que culminó con la detención de siete estudiantes universitarios cuando cursaban la frontera peruana desde el Ecuador por Aguas Verdes y luego fueron mostrados ante la prensa como presuntos “terroristas” por sus supuestos contactos o vinculaciones con el MRTA y las FARCLa captura y presentación de esos estudiantes fue la punta del iceberg de una larga cadena de errores que cometieron las autoridades de ese entonces, al calificar una conducta humana como terrorismo, desconociendo los aspectos teóricos y legales del término y las precisiones que ha hecho el TC en la sentencia recaída en el proceso de inconstitucionalidad contra el Decreto Ley N° 25475 y otros (expediente N° 010 – 2002 – AI / TC).
Todos los que hemos sufrido la barbarie terrorista queremos combatirla y proscribirla, pero existen otras maneras más inteligentes y un error garrafal solo sirve como leña para que grupos prosenderistas como el Movadef digan después que el Estado peruano es violador de los derechos humanos.
Al Movadef hay que combatirlo con imaginación e inteligencia, pero dentro del marco de la ley antiterrorista. Hacer lo contrario sería un boomerang, ya que los colocaría en el primer plano de la noticia y al final saldrán victoriosos desde el punto de vista político e ideológico, aduciendo que son víctimas de un Estado represor.
Foto: Difusión.

lunes, 14 de abril de 2014

Adolecente aprendió a extorsionar viendo películas


“Yo mismo aprendí a extorsionar viendo películas, pero solo lo hacía tres o cuatro veces a la semana”, es la aterradora confesión del menor (17) quien amenazaba a escolares de primaria en un colegio de San Martín de Porres.
En la Policía Antisecuestros de la Dirincri, el adolescente M.A.M.O reconoció que amenazaba a sus víctimas por Facebook.
En tanto, efectivos encontraron algunos mensajes donde el muchacho intervenido mostraba a los escolares una pistola y balas “Eso va a ser para ti esa es una de las balas que te voy a meter en la pata”, escribió M.A.M.O
Tras enviar dichos textos, el adolescente iba al colegio Ingenieros UNI para esperar a sus víctimas y cobrarles S/. 1 diario o S/. 10 mensuales, a veces exigía hasta S/. 50 por no atentar contra sus vidas.
La Policía Antisecuestros señaló que el menor (alumno de secundaria) integra las barras bravas del Club Universitario.
De otro lado, la Fiscalía de la Familia determinará si el menor será enviado a un Juzgado de Familia o entregado  a sus padres, subrayó la policía.
“En los últimos meses se ha incrementado la cifra de menores detenidos y es que muchos de ellos se amparan en su minoría de edad para actuar impunemente”, informó un agente  a cargo de las investigaciones.
Dato. La captura de M.A.M.O se produjo ante la denuncia de Carlos Ramírez (44), quien fue a la Policía porque su hijo (14) era extorsionado por Facebook.
Foto: Difusión.

martes, 1 de abril de 2014

Capturaron extorsionadores que iban a detonar granada


Cuando iban a detonar una granada de guerra frente a un inmueble, la policía capturó a una banda de extorsionadores que el 20 de marzo amedrentó de la misma modalidad a una persona, pues los delincuentes creyeron que era un próspero negociante en  Los Olivos.
En tanto, efectivos de la División de Robos y Suat atraparon a Guzmán Octavio Palacios Cabello (40) ‘Choclito’, Giovanni Rubén Salazar Farro (33) ‘Yova’, Paul Salvatore Meneses Salgado (33) ‘Memín’ y Gerson Libnit Cornejo Alanya (20) ‘Gerson’ quienes estaban en el carro de placa D7L 513 por la avenida Samuel Alcazar, Rímac.
Asimismo, los facinerosos tenían armas, municiones una granada tipo piña, un croquis con  la dirección de quien sería su víctima, más una hoja con el mensaje en letras pegadas: “Cabro Cervantes, esta vez morirás por cerrador”.
De otro lado, los cuatro detenidos de la banda “Sicarios extorsionadores de Azcarrun”, fueron presentados en la Dirincri. El operativo fue posible por la denuncia del ciudadano extorsionado, otro sospechoso  está bajo investigación, informó  el general PNP José Luis Lavalle Santa Cruz.
Dato. Debido al estallido de la granada que los arrestados perpetraron hace menos de dos semanas en una casa de Los Olivos, el vigilante Enrique Escobar García quedó herido.
Foto: Difusión.

SJL: Adolecente mató y enterró mototaxista


Crimen en San Juan de Lurigancho. El cuerpo enterrado de un moto taxista desaparecido el último viernes, fue encontrado esta madrugada, la víctima fue  asesinada por un ex compañero de colegio quien robó su vehículo.
En tanto, el menor de iniciales J.R.E. (17) salió a trabajar y no regresó a su vivienda. Una de sus vecinas informó que, el último jueves el fallecido fue a un taller de mecánica para cambiar la batería de su unidad y le advirtieron: “Cuidado, tu moto está en la mira”.
Asimismo, en un taller mecánico la Policía ubicó la mototaxi (casi desmantelada) del occiso  y detuvo al adolescente J.L.A.G. quien fue a recogerla.
J.L.A.G  confesó que mató al dueño y ocultó el cuerpo en el patio trasero de la casa de sus abuelos, en el pasaje Los Cipreses de la asociación de vivienda Cantolindo. El cadáver fue encontrado casi a dos metros de profundidad.
De otro lado, el adolescente y una mujer, que sería la madre de su enamorada, son interrogados en la sede distrital de la Divincri.
Foto: Difusión.

Los demonios de Santos


“Yo no necesito ni padrino ni madrina”, dijo hace poco Rafael Santos para aclarar que él no es el candidato de Raúl Castro, presidente del PPC, para la alcaldía de Lima.
Tal parece que el burgomaestre de Pueblo Libre va a tener que tragarse sus palabras pues es acusado de contratar a empresas fantasmas y coludirse con sus funcionarios para desfalcar las arcas de ese municipio.
Santos Normand necesitará más que un padrino o madrina para que lo saque de este delicado asunto.
Pablo Secada Elguera, cuya precandidatura para la alcaldía de Lima surgió con fuerza, avalada por su hoja de vida y por el madrinazgo de Lourdes Flores, ha tenido que dar no un paso, sino cientos de pasos atrás abrumado por la denuncias de mujeres con las que no ha sido, por decirlo de alguna manera, muy acertado en su trato.
Al caerse la candidatura de Secada Elguera y respaldada por el presidente del Partido Popular Cristiano (PPC), Raúl Casto, surgió la del actual alcalde de Pueblo Libre, Rafael Santos Normand.
Pero tampoco él la tendrá fácil al haberse destapado algunas perlas de su gestión municipal.
Empresas fantasmas. Parece que no sólo en la Municipalidad del Callao o en la de Jesús María se tiene esa extraña afición por contratar a empresas fantasmas.
Es decir, compañías que no existen pero que realizan, nadie sabe cómo, trabajos para las municipalidades.
Hace unos días se descubrió que durante la gestión en la alcaldía provincial del Callao de Félix Moreno, hoy presidente regional del Callao, se habían pagado casi diez millones de soles por obras realizadas por los propios trabajadores municipales y en algunos casos por obras que nunca se hicieron.
Para justificar el pago se emitieron facturas y recibos por honorarios profesionales de personas o que no existen, en el caso de las empresas, o de personas naturales que no sólo no habían emitido dichos recibos, sino que ni siquiera habían pisado el puerto del Callao.
Sin embargo, aparecían como peones de construcción civil levantando paredes de obras imaginarias.
Mediante un comunicado, Félix Moreno pretendió echarle la culpa al Fondo Municipal de Inversiones, sin aclarar por qué razón los funcionarios de dicha institución continúan trabajando con él.
Además, ¿cómo es posible que si pasa todos los días por el Callao no se diera cuenta de que las obras que estaba pagando ni siquiera tenían colocada la primera piedra?
Lo mismo ha ocurrido en el distrito de Jesús María, en donde el alcalde Enrique Ocrospoma afronta en estos momentos un proceso penal por la realización de obras que supuestamente fueron realizadas por el propio personal de la municipalidad, pero se pagaron a empresas privadas.
En pueblo libre también. Desde hace más de un año los regidores de Fuerza Social del municipio de Pueblo Libre, Marco Gutti y Guillermo Loli, a raíz de una denuncia periodística pidieron la conformación de una comisión investigadora que pudiera esclarecer si era cierto que la administración municipal había contratado para realizar obras a empresas fantasmas.
El pedido fue desestimado por la mayoría de los regidores miembros del PPC, quienes de esa forma blindaban al burgomaestre Rafael Santos. Quienes votaron en contra fueron Luis Roselló Carrillo, Rafael Ramírez Arroyo, Adriana Anticona Flores, Roberto Maggiorini Barboza, Cecilia Siancas Tao, Carla Flores Olivares.
A quienes se les sumó Marco Antonio Garavito Rentería, quien a pesar de haber sido elegido por el partido Cambio Radical, del desprestigiado Barba Caballero, fue el más tenaz opositor a que se investiguen los hechos comprometedores.
Los días 18 y 19 de noviembre de 2012, se denunció que la Municipalidad de Pueblo Libre había contratado a 36 proveedores fantasmas que habían cobrado más de seis millones de soles.
Es decir, se le había pagado a empresas que nunca existieron todo ese dinero y nunca se supo dónde fue a parar esa millonaria suma.
Tres meses antes, el 28 de agosto, se había presentado la denuncia contra Santos ante la Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios, la que dispuso que la policía especializada en delitos de corrupción investigase el caso.
Para eso habían solicitado a Santos Normand que remita todos los documentos relacionados con la contratación de las empresas fantasmas, pero el citado alcalde se negó durante meses a presentar dicha documentación.
Sorprendentemente, el Concejo Distrital no había sido informado de la existencia de dicha denuncia enterándose cuando salió en un diario capitalino.
O, por lo menos, no se lo habían querido informar a los regidores de oposición. Es en ese momento que estos piden la formación de una comisión, solici tud que es rechazada, así como la petición de que la Contraloría General de la República realice una auditoría.
Investigan a los afortunados ganadores. La denuncia formulada contra Rafael Santos, que no tiene nada que ver con su campaña a la reelección como se pretende decir, es por la comisión supuesta de los delitos de peculado doloso, colusión agravada y asociación ilícita para delinquir en agravio del Estado y de la Municipalidad de Pueblo Libre.
En vez de ocupar el sillón de Nicolás de Ribera “El viejo”, este caso podría mandar a Santos Normand durante varios años a la cárcel, si resultara culpable en lugar pero no sólo incriminaban a Santos.
También alude la denuncia a funcionarios municipales atribuyéndoles haber formado una organización destinada a apropiarse ilícitamente del dinero del municipio. Las primeras investigaciones apuntan a aquellas personas que han facturado a la municipalidad y que ni siquiera conocen dónde queda el local edil.
Por ejemplo, Inversiones Jimake, empresa individual de responsabilidad limitada, ha recibido de la municipalidad casi seiscientos mil nuevos soles entre el 2009 y 2012, pero esa compañía que unas veces ofrece alquiler de computadoras a la municipalidad del Callao.
Y en otras ocasiones materiales de limpieza a la municipalidad de La Punta, no se sabe qué le ha vendido a la municipalidad de Pueblo Libre.
Es muy probable que nada, pero igual el 2009 recibió trescientos cincuenta mil nuevos soles, de los que tendrá que dar cuenta la dueña y gerente de esa empresa, Dora Pinday More de Gálvez, la misma que es una ciudadana chalaca a la que hoy la SUNAT le está pidiendo explicaciones de sus ingresos.
Otra atribulada contribuyente es la señora Mirtha Príncipe Córdova, que se dedica a la preparación de tortas, pero aparece como si hubiera prestado servicios de movilidad, estrados y hasta shows artísticos por más de doscientos mil nuevos soles.
Si ella no ha emitido esas facturas, ¿a los bolsillos de quién ha ido a parar el dinero? La tesis que maneja la Policía apunta a señalar que esos servicios nunca se prestaron por lo que el dinero que salió de las arcas municipales ha ido a parar a la cuenta de algún funcionario.
Por su parte, la señora Hellen Ahumada Castillo aparece como proveedora de servicios de impresión y paneles al municipio de Pueblo Libre por más de cien mil nuevos soles.
Al buscarla en esa dirección se dieron con la sorpresa de que en el local que figura en las facturas (Jirón Ica 208, interior 104 en el Cercado de Lima), había en efecto una imprenta, pero la dueña del local desde hacía más de diez años era una persona distinta a la señora Ahumada a quien ni siquiera había oído mentar.
También para el rubro de impresiones se le pagó al señor Eduardo Morales Ramos la módica cantidad de setecientos setenta y nueve mil nuevos soles, intrigante monto que sumado al pago de doscientos mil, arroja casi un millón de nuevos soles en trabajos de impresión.
Pregunta: ¿no le hubiera resultado más económico al municipio comprar sus propias máquinas impresoras?
Pero sorprende saber que la señora Ahumada tiene como domicilio el jirón Parinacochas 707 interior 311 en La Victoria. Además, ha ganado una adjudicación de menor cuantía en la municipalidad distrital de San Miguel el 30 de noviembre de 2007, pero por algo muy distinto al trabajo de imprenta: servicio de señalización de pistas.
Todo esto parece confirmar que la municipalidad de Pueblo Libre y su alcalde Santos mintieron y probablemente la adjudicación de menor cuantía de la Municipalidad de San Miguel también podría haber utilizado el nombre de la señora Ahumada para un pago que nadie sabe a quién llegó.
Curiosamente, en el acta de la adjudicación no se menciona ni número de DNI ni de RUC, ni siquiera la dirección de la encargada de señalizar las pistas por un monto de trece mil setecientos setenta soles.
Las señales de pistas y el pintado de sardineles en Pueblo Libre no los hacía la señora Ahumada, sino una empresa llamada pomposamente Organización Cuarto Milenio que tiene, según las facturas, su dirección en la Av. Augusto Salazar Bondy Mz. D Lote 21, en San Juan de Miraflores.
A pesar de que ese es un local que en el 2012 se encontraba en construcción y dos años antes la empresa había sido de baja por la SUNAT, esta fue contratada por 40 mil soles para el mantenimiento de las pistas.
Resultando favorecido, aparentemente, pues en la realidad debe haber sido alguien del propio municipio, el señor Aquin Navarra Angulo, gerente de Cuarto Milenio y militante, como tantos otros proveedores, del mismo partido quel señor Santos o sea, el PPC.
A su vez, Nantec Soluciones Empresariales SAC ha declarado a la SUNAT que tiene sólo dos trabajadores.
Sin embargo, ha realizado trabajos de gestión de cobranzas, elaboración de ordenanzas de arbitrios, depuración de saldos por cobrar para la municipalidad a cambio del pago de seiscientos dos mil ciento noventa y un nuevos soles.
¿Se imagina todo lo que han tenido que trabajar esos dos sacrificados empleados para poder ganar apenas trescientos mil nuevos soles cada uno?
Los funcionarios de la municipalidad han sido separados discretamente. Algunos se han colocado en otros puestos de la administración municipal, de donde incluso algunos ya habían sido separados como el gerente Álvaro Máximo Romero Vidal, quien venía de la Municipalidad de La Molina de donde también salió mal parado.
Ahora, aunque usted no lo crea, es ni más ni menos que secretario general de la Municipalidad de San Isidro, que curiosamente también tiene a la cabeza a un militante del PPC.
En octubre no habrá milagros. Rafael Gastón Tadeo Milagros Santos Normand -quien hace honor a varios de sus nombres, pero también contradice a otros- tendrá que esperar un milagro para que su partido lo elija como candidato al municipio de Lima.
Y si lo hace, para que pueda ganar una contienda en la capital deberá apelar a todos los conocimientos que aprendió cuando estudiaba en la Universidad San Martín de Porres (Ciencias de la comunicación), pero que nunca llegó a concluir a pesar de haber sido alumno desde 1987 hasta el 2010.
Es decir, por más de veinte años como consignó en su hoja de vida. Sus actividades empresariales debieran haberlo hecho presagiar lo que venían haciendo sus gerentes y funcionarios, si es que él no lo sabía.
Rafael Santos tiene una empresa llamada R Santos International S.A que gerencia él mismo a pesar de que no le produce ingreso alguno, según ha declarado.
Ergo, no sabemos qué importaciones o exportaciones realiza como lo dice su objeto social, aunque desde el 2004 agregó a sus objetivos las tareas de servicios de ingeniería, trabajos de diseño, arquitectura, sistemas de control.
Alarmas, reparación de helicópteros y aviones, distribución de armas y municiones y todas las actividades conexas y complementarias a la seguridad e inteligencia estratégica y comercial.
Eso sí, quien se dio cuenta de los robos en su municipalidad no fue su empresa de inteligencia y menos el contralor general de la República, sino un vecino que denunció las irregularidades que hasta ahora siguen en investigación.
Foto: Difusión.

PJ: En pie de lucha


Aproximadamente 26,0 0 0 trabajadores judiciales a nivel nacional empezaron el martes de la semana pasada una huelga indefinida para exigir tres cosas puntuales: ser excluidos de la Ley del Servicio Civil, que el Congreso de la República apruebe el proyecto de ley de la Carrera del Personal Auxiliar Jurisdiccional y Administrativo del Poder Judicial.
 El mismo que se encuentra desde hace un año en la Comisión de Trabajo del Parlamento y el cumplimiento del segundo tramo de la escala remunerativa que fue acordado en el 2012.
Como era una huelga anunciada, el jueves 20 de marzo, mediante resolución administrativa de la Presidencia del Poder Judicial (R.A. Nº 083 – 2014 – P-PJ) firmada por el Dr. Enrique Mendoza, amparados en el artículo 82º del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
Se establece que cuando la huelga afecte los servicios públicos esenciales o se requiera garantizar el cumplimiento de actividades indispensables, los trabajadores en conflicto deberán garantizar la permanencia del personal necesario.
Para impedir su interrupción total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que así lo exijan.
Precisiones. En ese sentido, los trabajadores que sin causa justificada dejen de cumplir el servicio, serán sancionados de acuerdo a ley, máxime si a través de la resolución administrativa.
De Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República Nº 06 – 2003-SP-CS, publicada el 1 de noviembre de 2003, se declaró como servicio público esencial a la Administración de Justicia ejercida por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos.
Posteriormente, mediante resolución administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, No. 046-2004-CE-PJ, de fecha 26 de marzo de 2004, se aprobó la Directiva No. 022-2004-CE-PJ respecto a la Conformación de Órganos de Emergencia, Jurisdiccionales y de Apoyo, en caso de ejercicio de derecho de huelga de los trabajadores del Poder Judicial.
Según autoridades judiciales, las federaciones (o sindicatos) que representan a los trabajadores judiciales “no han cumplido con lo establecido en el artículo 82° del citado TUO de las Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
Pues no han garantizado en los documentos remitidos la permanencia del personal necesario para impedir su interrupción total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades del Poder Judicial”.
En ese sentido, “al no haberse cumplido con tan importante requisito, ni haber sustentado el agotamiento de la negociación directa, ni haber garantizado la continuidad de los servicios esenciales de este Poder del Estado, la presente paralización de labores deviene en ilegal”, reza la resolución administrativa de la presidencia del Poder Judicial.
De conformidad con las facultades conferidas en el inciso 4° del artículo 76° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley 27465, se resolvió “declarar ilegal la Huelga Nacional Indefinida a iniciarse el día 25 de marzo de 2014, convocada por la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial (FNTPJ) y por la Federación de Trabajadores del Poder Judicial (FETRAPOJ)”.
Primer logro. El mismo martes 25 por la tarde, los manifestantes junto al presidente delPoder Judicial, Dr. Enrique Mendoza, sí el que declaró ilegal la huelga, estuvieron en la Comisión de Trabajo del Congreso de la República donde lograron que dicho grupo de trabajo apruebe excluirlos de la Ley del Servicio Civil.
Ahora deben esperar que suceda lo mismo en la Comisión de Presupuesto y que luego esa decisión sea aprobada en el Pleno, para que finalmente el Ejecutivo, de considerarlo así, promulgue esta modificación a la Ley Servir.
Del mismo modo, las autoridades judiciales dispusieron la aplicación de las acciones necesarias que permitan garantizar la atención de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, así como la aplicación de las medidas correctivas correspondientes en caso se verifiquen actos contrarios a los regulados por las leyes en materia laboral.
Pese a todo lo antes mencionado, lo que se ha visto en estos días de protesta es el cierre total de las oficinas de todas las sedes del Poder Judicial tanto en Lima como en provincias, por lo que habría que ver si se aplicará la amenaza publicada en el diario oficial El Peruano.
Si bien es cierto existen razones de peso que justifican la huelga, también se debe considerar la situación de aquellos que buscan justicia, de los abogados litigantes, de los procesos que se paralizan y de todo aquello que se deja de hacer en la administración de justicia.
No hay que olvidar que tanto trabajadores como magistrados acaban de retornar de sus vacaciones judiciales, y entre los meses de noviembre y diciembre del año pasado los jueces acataron una especie de huelga blanca exigiendo el aumento de sus sueldos.
Los ciudadanos no entienden mucho sobre estos pedidos, lo único que buscan es que la justicia en nuestro país funcione y no se paralice cada cierto tiempo como viene ocurriendo.
Foto: Difusión.